En el ámbito del derecho tributario local, uno de los temas más relevantes tras una separación o un divorcio es el pago del IMU sobre la vivienda familiar, especialmente cuando el inmueble continúa a disposición del excónyuge o de los hijos. Una de las preguntas más frecuentes es: ¿quién paga el IMU tras el divorcio si la vivienda queda en manos de la exesposa con hijos mayores de edad?

El punto clave: la atribución formal del uso de la vivienda familiar

La respuesta depende de un elemento clave: la atribución formal del uso de la vivienda familiar por parte del Tribunal. La normativa del IMU, actualizada a partir de 2020, prevé en efecto que el inmueble pueda asimilarse a la vivienda habitual —y por tanto quedar exento o bonificado— solo en un caso específico: cuando la vivienda se atribuye al progenitor que tiene la guarda y custodia de hijos menores de edad.

Si este presupuesto no se cumple, la situación cambia radicalmente. A falta de una resolución que atribuya formalmente la vivienda familiar, el sujeto obligado al pago del IMU sigue siendo el propietario del inmueble, aunque ya no resida en él.

Un caso típico tras el divorcio

Un caso típico es aquel en el que, tras una sentencia de divorcio, los hijos —aun siendo mayores de edad y estudiantes universitarios— siguen viviendo con la madre en la vivienda de propiedad exclusiva del padre, sin que el juez haya dispuesto la atribución del inmueble. En esta situación no se configura la figura del «progenitor con guarda y custodia» a efectos fiscales y, por tanto, no es posible aplicar la asimilación a la vivienda habitual.

Este principio ha sido aclarado también en las líneas interpretativas de la Fondazione IFEL, según las cuales las normas sobre la atribución del uso de la vivienda familiar se refieren exclusivamente a los casos en los que haya hijos menores de edad o hijos mayores con discapacidad grave. Cuando, en cambio, se trata de hijos mayores económicamente no autosuficientes, la permanencia en la vivienda familiar deriva de obligaciones de manutención, pero no incide en el régimen fiscal del inmueble.

Las consecuencias prácticas

En términos prácticos, esto significa que:

Para evitar situaciones perjudiciales desde el punto de vista fiscal, es fundamental valorar atentamente, ya en sede de separación o divorcio, cómo regular el uso de la vivienda familiar. Una correcta planificación jurídica puede incidir no solo en los equilibrios familiares, sino también en los costes fiscales a largo plazo.

Conclusiones

En conclusión, en el contexto posterior al divorcio, el IMU sigue a la propiedad y no al uso del inmueble, salvo excepciones específicas previstas por la ley. Comprender estas reglas es esencial para evitar errores y gestionar correctamente las obligaciones fiscales vinculadas a la vivienda familiar.

Equipo Tributario Cervesato & Associati — 2026